Comisión Energía Atómica

Políticas Institucionales

Participación de las instituciones nacionales públicas y privadas en el desarrollo, aplicación e investigación de las aplicaciones pacíficas de la energía nuclear.

Gestión para la obtención y canalización de asistencia técnica internacional para el desarrollo, investigación, aplicación/ejecución, de los usos pacíficos de la energía nuclear.

Promover el intercambio de resultados, experiencias, actividades, etc., entre: Instituciones nacionales, países de la Región Latinoamericana, los países miembros el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA).

Actualización y promoción del quehacer institucional en el campo de su competencia.

Divulgación de los usos y aplicaciones de la energía atómica en los diversos sectores de la economía nacional.

Advertir a las instituciones nacionales sobre los peligros derivados del uso de las aplicaciones de la energía atómica.

Colaborar con el Poder Ejecutivo, instituciones autónomas o descentralizadas, en los campos relacionados a los usos pacíficos de la energía atómica.

Otorgar las licencias en las aplicaciones industriales e investigación, previo permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud.


La Ley Básica de Usos Pacíficos de la Energía Atómica 4383, faculta a la CEA a:

“Fomentar el desarrollo de programas, proyectos y acciones en el campo de la energía nuclear con fines pacíficos”.

Para poder cumplir con dicha facultad, se plantearon los siguientes Objetivos Específicos:

1.1 Orientar y promover el desarrollo de las diversas aplicaciones de la energía atómica, por medio de la participación de las instituciones nacionales en el proceso de formulación y presentación de cooperación técnica con el fin de lograr la transferencia de tecnología entre oferentes y demandantes y resolver problemas de interés nacional.

2.1 Coordinar las actividades a nivel nacional, en calidad de enlace de cooperación técnica con el OIEA, que facilite la ejecución de proyectos de cooperación técnica, mediante el seguimiento del proceso y la oportuna comunicación con los entes involucrados para cumplir con la ejecución, según el ciclo de programación bienal del ente financiero (OIEA).

3.1 Coordinar las actividades dirigidas a promover la participación de los entes nacionales de cooperación técnica ARCAL y OIEA por medio de la gerencia del Acuerdo ARCAL, la celebración de convenios multilaterales y bilaterales, a fin de resolver problemas comunes e intercambiar experiencias en el campo del desarrollo de la tecnología nuclear en los países de la Región de América Latina y El Caribe.

4.1 Mantener actualizada la información relacionada con el Acuerdo ARCAL y a los proyectos regionales OIEA, mediante el seguimiento del proceso de ejecución de proyectos y la comunicación oportuna con los entes involucrados, el acceso a la web disponible en el OIEA, para cumplir con la gerencia del Acuerdo ARCAL y la coordinación de los proyectos regionales OIEA.

5.1 Brindar información sobre las diversas aplicaciones pacíficas de la tecnología nuclear utilizadas en el país, por medio de la publicación de una revista anual, de la disponibilidad de la página web de la CEA y/o de charlas o talleres, a fin de dar a conocer los beneficios y resultados alcanzados.

6.1 Asesorar al Poder Ejecutivo en el campo de los peligros que se derivan de las radiaciones ionizantes, por medio del análisis de casos específicos y con el propósito de mejorar la seguridad, la protección radiológica y la aplicación de las técnicas nucleares en el país.

7.1 Autorizar el uso de equipo y sustancias radiactivas naturales o artificiales en actividades industriales de investigación y educación mediante la emisión de licencias para la industria, enseñanza e investigación que permita garantizar el uso seguro de los mismos y contribuir con la regulación nacional.


CEA Costa Rica